La última guía a vecinos morosos

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Buenas mi problem es el siguiente , se hicieron unas obras para incorporar contadores de agua y candil que no tenía la comunidad ,éramos tres propietarios y sólo dos pagamos los gastos por que el otro se negó, resulta que después de haberla reclamado la deuda en la última reunión que estuve siguió sin pagarme mi parte ,yo vendo el asfalto y seguí sin cobrar ,puedo denunciar a la comunidad para que me paguen mi parte que puse con sus intereses de atraso ?Me se3viria un proceso monitorio ya que no soy no obstante propietaria? Gracias

Hay que comunicar al inquilino por mensaje, preferiblemente por burofax, la cantidad que debe y el plazo para abonarla. Si no lo hace, habrá que tomar medidas legales y acudir una demanda jurídico. Lo mejor en estos casos, es dejarse asesorar por un abogado.

En el caso de que la situación se mantuviese, lo recomendable sería enviarle una carta recordando las deudas que tiene con la comunidad, detallando las cuotas y los importes y fechas exactos de sus impagos.

En la subsiguiente relación de comunidad, aparece que se acordó imputar los gastos al propietario antecedente

Es necesario que se haga una reunión urgente para que todos los propietarios aporten una cantidad suficiente para que se mantenga un insignificante de reserva para poder hacer frente a las evacuación de la comunidad. Si fuera necesario Por otra parte de poner una derrama se debería incrementar la cuota.

La administración eficaz de las comunidades busca alertar en lo posible las situaciones de mora de los propietarios. Reducir gastos, inquirir ayudas e ingresos y adaptarse a la situación.

Una momento que el inquilino ha sido condenado a desalojar la vivienda, mediante sentencia o decreto de archivo, a desalojar voluntariamente la vivienda o Específico, si no lo hace será directamente desahuciado.

Siempre es aconsejable contratar los servicios de un abogado para este tipo de procesos, ya que se pueden incurrir en acciones que puedan perjudicarte como propietario.

En principio lo que quieren decir con eso es que aunque las deudas hayan prescrito, la prescripción no se aplica automáticamente sino que hay que alegarla, a diferencia de la caducidad que si se aplica automáticamente, por lo que ellos no van a cancelar la deuda sin más, sino que tendrá que ser el deudor el que acuda al juez a exigir que se declare la deuda extinguida por prescripción.

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Traspasar un piso sin redactar un arreglo de alquiler es todo un aventura, aunque que no hay ningún documento que certifique sobre qué bases y cláusulas se asienta el arrendamiento. Todo decidirá supeditado a lo que digan las partes, lo que puede resistir a numerosos conflictos.

En las comunidades de vecinos, todo propietario de un inmueble tiene una obligación en forma de cuota comunitaria, esta cuota se utiliza para favorecer el sustento y el buen mantenimiento de la comunidad. Muchos vecinos y presidentes se preguntan: ¿Qué puedo hacer si un vecino no paga la cuota comunitaria?

En la liquidación de la deuda siempre se pueden incluir aquellos gastos ocasionados por la devolución de los recibos click here y por los intereses de mora, siempre que estos gastos se hubieran previsto estatutariamente o por acuerdo de Junta.

El origen y la cuantía de la deuda. En este caso el origen de la deuda se corresponderá con todas las cantidades que le sean debidas a la comunidad en concepto de gastos comunes, tanto si son ordinarios como extraordinarios, generales o individualizables, o fondo de reserva. Con relación a la cuantía hay que tener en cuenta que sólo pueden ser objeto de protesta las cantidades previamente liquidadas y notificadas al propietario.

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